Por Khalil Gillon, Verite News
Traducido por Andrés Fuentes
Las elecciones para gobernador de Luisiana de 2023 terminaron el sábado (14 de octubre) con una clara victoria primaria del Procurador general Jeff Landry. Landry evitó una segunda vuelta, derrotando a su principal oponente demócrata, el exsecretario de Transporte estatal Shawn Wilson, con el 52% de los votos, el doble del 26% de Wilson.
La participación en las primarias del 14 de octubre fue históricamente baja: solo el 36% de los votantes elegibles en todo el estado emitieron su voto. En la parroquia de Orleans, era sólo el 27%.
Por el contrario, las primarias para gobernador de 2019 atrajeron al 46% de los votantes en todo el estado y al 39% de los votantes de la parroquia de Orleans. La participación aumentó al 51% en todo el estado y al 49,5% en la parroquia de Orleans para la segunda vuelta de las elecciones de noviembre de 2019 entre el gobernador demócrata John Bel Edwards y el republicano Eddie Rispone. La alta participación en la parroquia fuertemente demócrata se consideró fundamental para la reelección de Edwards ese año.
Ahora, con la carrera de más alto perfil de 2023 en los libros, el estado y la ciudad pueden ver una participación igualmente baja en la próxima segunda vuelta de las elecciones del 18 de noviembre. Aun así, varios cargos estatales clave (incluidos el de Secretario de Estado, el de Fiscal General y el de Tesorero estatal) y algunos distritos legislativos siguen indecisos.
A continuación se muestra una lista de todas las contiendas y enmiendas constitucionales que aparecerán en las boletas electorales en la parroquia de Orleans. (Los titulares aparecen en negrita).
DÍA DE LAS ELECCIONES: SÁBADO NOVIEMBRE 18
OPCIONES DE VOTACIÓN
Presencialmente: día de las elecciones o votación anticipada
Las urnas están abiertas de 7 a. m. a 8 p. m. el día de las elecciones. Utilice el Portal de Votantes de Luisiana para encontrar su lugar de votación.
La votación anticipada comenzó el 3 de noviembre y se extenderá hasta el 11 de noviembre. El horario es de 8:30 a. m. a 6 p. m. en las siguientes ubicaciones en Nueva Orleans:
Ayuntamiento
1300 Calle Perdido, Cuarto 1W24
Nueva Orleans, LA 70112
Palacio de Justicia de Algiers
225 Calle Morgan, Cuarto 105
Nueva Orleans, LA 70114
Sitio del almacén de máquinas de votación Chef Menteur
8870 Chef Menteur Carretera
Nueva Orleans, LA 70126
Centro comunitario del lago Vista
6500 Spanish Fort Blvd.
Nueva Orleans, LA 70124
Para la votación en persona, los trabajadores electorales aceptarán las siguientes formas de identificación de votante:
- Licencia de conducir
- Identificación especial de Luisiana
- Licencia de conducir digital LA Wallet
- Tarjeta de identificación militar de los Estados Unidos con el nombre y la fotografía del votante
- Otra identificación con fotografía generalmente reconocida con el nombre y la firma del votante
Los votantes registrados que no tienen una identificación aún pueden emitir su voto si firman una declaración jurada de votante en su lugar de votación o en el lugar de votación anticipada.
Por correo: voto en ausencia
Los votantes elegibles, incluidas las personas mayores de 65 años, los miembros del ejército y los residentes de Luisiana que se encuentran temporalmente fuera del estado, pueden emitir votos en ausencia por correo. Los criterios de elegibilidad completos y las solicitudes de voto en ausencia están disponibles en el sitio web de la Secretaría de Estado de Luisiana.
El último día para solicitar una boleta de voto ausente para las elecciones del 18 de noviembre es a las 4:30 p.m. el 14 de noviembre. La fecha límite para los votantes militares y en el extranjero es las 4:30 p.m. del 17 de noviembre.
EN TODO EL ESTADO
SECRETARIO DE ESTADO
“Gwen” Collins-Greenup (Demócrata)
Nancy Landry (Republicana)
PROCURADOR GENERAL
Lindsey Cheek (Demócrata)
“Liz” Baker Murrill (Republicana)
TESORERO
John Fleming (Republicano)
Dustin Granger (Demócrata)
CASA DEL ESTADO
DISTRITO 23
Shaun Mena (Demócrata)
Tammy M. Savoie (Demócrata)
DISTRITO 105
Jacob Braud (Republicano)
Mack Cormier (Demócrata)
PROPUESTAS ELECTORALES
ENMIENDAS CONSTITUCIONALES
Enmienda 1:
Ley 278 (HB 166, Sesión Ordinaria de 2022 por el Representante Miller)
Enmienda constitucional para enmendar el Artículo III, Sección 18, relativo a la acción del gobernador sobre proyectos de ley y asuntos relacionados con los mismos; para disponer en relación con las sesiones de veto; prever la presentación de la enmienda propuesta a los electores; y para atender asuntos relacionados.
“¿Apoya usted una enmienda para aclarar que el momento de la acción del gobernador sobre un proyecto de ley y su devolución a la legislatura de un proyecto de ley vetado se basa en la sesión legislativa en la que se aprobó el proyecto de ley y para autorizar a la legislatura, si está en sesión, ¿Reconsiderar los proyectos de ley vetados sin convocar una sesión de veto separada? (En vigor a partir del 8 de enero de 2024) (Modifica el Artículo III, Sección 18)”
Enmienda 2:
Ley 199 (HB 254, Sesión Ordinaria de 2023 por el Representante Thomas)
Enmienda constitucional para derogar el Artículo VII, Secciones 4(D)(4)(b), 10.4, 10.10 y 10.12(B) y (C) y el Artículo IX, Secciones 9 y 10, relativas a fondos especiales en el tesoro estatal; prever la derogación de ciertos fondos especiales; prever la transferencia de los saldos restantes de dichos fondos especiales; prever la presentación de las enmiendas propuestas a los electores; y para atender asuntos relacionados.
“¿Apoya usted una enmienda para eliminar disposiciones de la Constitución de Luisiana que crearon los siguientes fondos especiales inactivos dentro del tesoro estatal: Fondo de Conservación de la Cuenca Atchafalaya, Fondo de Asociación de Luisiana para la Educación Superior, Fondo de Apalancamiento del Milenio, Fondo de Apoyo a Productos Agrícolas y Mariscos, Fondo de Primer Uso? Fondo Fiduciario de Impuestos, Fondo de Inversión de Luisiana para Mejoras y para disponer la transferencia de cualquier dinero restante en dichos fondos al fondo general del estado? (Deroga el Artículo VII, Secciones 4(D)(4)(b), 10.4, 10.10 y 10.12(B) y (C) y el Artículo IX, Secciones 9 y 10)”
Enmienda 3:
Ley 179 (SB 127, Sesión Ordinaria de 2023 del Senador Duplessis)
Enmienda constitucional para agregar el Artículo VII, Sección 21(O), relativa a las exenciones de impuestos ad valorem; prever una exención de impuestos ad valorem para ciertos socorristas; requerir que la autoridad de gobierno parroquial apruebe la exención del impuesto ad valorem; establecer montos de exención; requerir al tasador fiscal que establezca un procedimiento para solicitar la exención; para establecer la elegibilidad; exigir a las autoridades tributarias que absorban la pérdida de ingresos como resultado de las exenciones; proporcionar en relación con las retasaciones; proporcionar una fecha de entrada en vigor; para prever la aplicabilidad; y especificar una elección para la presentación de la propuesta a los electores y proporcionar una propuesta en la boleta electoral.
“¿Apoya una enmienda para autorizar a la autoridad de gobierno local de una parroquia a proporcionar una exención de impuestos ad valorem para los socorristas calificados? (Agrega el Artículo VII, Sección 21(O))”
Enmienda 4:
Ley 198 (HB 244, 2023 Sesión Ordinaria del Obispo Representante)
Enmienda constitucional para enmendar el Artículo VII, Sección 10.15(E)(1) y (F) y para agregar el Artículo VII, Sección 10.15(G), en relación con el uso de dinero en el Fondo Fiduciario de Estabilización de Ingresos; prever la presentación de la enmienda propuesta a los electores; y para atender asuntos relacionados.
“¿Apoya usted una enmienda que autorice a la legislatura, después de obtener dos tercios de los votos de cada cámara, a utilizar hasta doscientos cincuenta millones de dólares del Fondo Fiduciario de Estabilización de Ingresos para aliviar un déficit presupuestario sujeto a las condiciones establecidas por la ley y permitiendo ¿La legislatura puede modificar tales condiciones para acceder a los fondos del fondo, sujeto a dos tercios de los votos? (Modifica el Artículo VII, Sección 10.15(E)(1) y (F); Agrega el Artículo VII, Sección 10.15(G))”